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Los parámetros están relacionados con el nivel de control que tiene el empleador sobre el trabajo. También se han fijado varios límites para la protección de los asociados y usuarios.

El Consejo Europeo y el Parlamento Europeo han llegado a un acuerdo provisional luego de dos años de negociaciones. Como resultado se han establecido una serie de criterios para distinguir cuando una persona que trabaja a través de una plataforma de servicios es considerada como independiente y cuando un empleado.

Lo que entienden los reguladores europeos es que la diferencia entre un trabajador independiente y un empleado está definida por el nivel de reglas y restricciones que le son impuestas. En Europa existen actualmente más de 28 millones de personas con un trabajo relacionado con una plataforma digital.

Los criterios

Según el acuerdo provisional, una persona será considerada empleada cuando cumpla al menos dos de las cinco condiciones que listamos a continuación:

El empleador establece límites máximos para los pagos.
El empleador supervisa el trabajo de forma directa o por una vía electrónica.
El empleador tiene control sobre la distribución y la ubicación de las tareas.
El empleador tiene control sobre la condiciones de trabajo y los horarios.
El empleador impone límites discrecionales sobre como se realiza el trabajo, la conducta o apariencia del trabajador.

Como el lector podrá observar, muchas aplicaciones de servicios conocidas podría quedar con una relación empleador-empleado y tener que evaluar las condiciones de trabajo o incluso su modelo de negocios.

Límites adicionales

Además de lo señalado las plataformas no podrán:

Crear perfiles emocionales y psicológicos.
Calcular datos tales como opiniones políticas y raza.
Analizar conversaciones privadas.
Monitorear o predecir la actividad sindical.
Utilizar medidas biométricas para cualquier cosa que no sea la autentificación del usuario.

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